Cáceres, 19 de mayo de 2026. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Cáceres ha dictado un nuevo auto en relación con el conflicto del Camino de Montealmeida, una resolución que, lejos de cerrar el problema, abre nuevas vías de actuación para hacer efectivo el uso del camino declarado público hace ya más de tres años. El auto judicial aclara que la Sentencia 156/2022 tuvo carácter declarativo, reconociendo la existencia de indicios suficientes para considerar el Camino de Monte Almeida como bien de dominio público e incorporarlo al catálogo municipal de caminos públicos.
Sin embargo, el juzgado también señala que la ejecución material concreta del paso no puede resolverse dentro del actual incidente de ejecución, debido a la existencia de discrepancias sobre el trazado y la posible afectación a terceros.
Para los propietarios afectados, el escenario jurídico actual obliga ahora a centrar los esfuerzos en la efectividad real del camino público y no únicamente en su reconocimiento formal.
“El debate ya no es si el camino es público, porque eso ya está reconocido judicialmente. El problema es que sigue sin existir una solución efectiva que permita el paso normal y garantice los derechos de los vecinos afectados”, señalan.
El conflicto entra en una nueva fase
Los afectados consideran que el auto marca un cambio importante en el enfoque jurídico del conflicto. A su juicio, continuar exclusivamente por la vía de recursos judiciales dentro de la ejecución de sentencia no parece la solución más adecuada, dado que el propio auto delimita claramente el alcance de dicha ejecución.
En cambio, la resolución abre distintas posibilidades de actuación orientadas a lograr la puesta en servicio efectiva del camino público, entre ellas la posibilidad de que el Ayuntamiento impulse un procedimiento de deslinde administrativo para concretar definitivamente el trazado del camino, la apertura de procesos de negociación o mediación entre las partes implicadas y, en caso de no alcanzarse una solución efectiva, la eventual necesidad de acudir posteriormente a nuevas acciones civiles o contenciosas.
Los afectados recuerdan además que el trazado catastral tiene carácter meramente orientativo y que la controversia actual gira principalmente en torno a la discordancia entre el trazado consolidado sobre el terreno y determinadas lindes privadas.
En este contexto, consideran que la resolución del conflicto debe abordarse necesariamente entre las partes afectadas: el Ayuntamiento de Cáceres como titular del camino público, el propietario de la finca afectada y los propietarios y vecinos que tienen derecho de paso.
Mediación y deslinde: las vías que se plantean
Entre las alternativas que actualmente se estudian figura la posibilidad de una mediación con la propiedad de la finca “La Jabalina”, al entender que puede ser una de las fórmulas más razonables para evitar nuevos años de litigios.
Asimismo, los afectados consideran que el Ayuntamiento dispone de mecanismos administrativos suficientes para intervenir y clarificar el trazado definitivo del camino mediante el correspondiente expediente de deslinde.
“No parece lógico que, después de nueve años de conflicto y tres años después de declararse el camino público, todavía no exista una solución efectiva que permita el uso normal del camino”, sostienen.
Los afectados denuncian indefensión y perjuicios continuados
Los propietarios y vecinos afectados denuncian que esta situación está generando importantes perjuicios personales y patrimoniales, especialmente entre personas mayores y residentes habituales de la zona que dependen del camino para acceder a sus propiedades.
Consideran además que la prolongación de procedimientos administrativos complejos durante tantos años está generando una situación de indefensión incompatible con la tutela judicial efectiva reconocida en el artículo 24 de la Constitución Española.
“Las administraciones tienen la obligación de hacer efectivo el derecho reconocido a los ciudadanos. No puede existir una sentencia firme que, en la práctica, siga sin permitir el ejercicio pleno de ese derecho”, señalan.
Los afectados advierten además de que la obstaculización continuada del paso podría llegar a generar responsabilidades por los daños causados a particulares concretos que ven limitado el acceso a sus propiedades.
Un camino reconocido oficialmente como público
La naturaleza pública del Camino de Monte Almeida fue reconocida judicialmente en diciembre de 2022 y posteriormente incorporada al Catálogo Oficial de Caminos Públicos del Ayuntamiento de Cáceres.
La documentación técnica municipal utilizada para dicha catalogación recoge décadas de investigación histórica, cartográfica y de trabajo de campo para determinar la titularidad pública de numerosos caminos rurales del municipio. Además, distintos informes municipales y policiales emitidos durante los últimos años han documentado la existencia de obstáculos físicos y la necesidad de actuaciones para garantizar el tránsito y la recuperación efectiva del camino.
La existencia de obstáculos en el camino no puede interpretarse como una imposibilidad real de ejecución ni como una situación irreversible. Los afectados recuerdan que el camino se utilizó con normalidad hasta hace nueve años y que los impedimentos actuales son consecuencia de actuaciones posteriores que han dificultado el paso por la vía de hecho. Por ello, consideran que el tránsito puede recuperarse removiendo dichos obstáculos y restableciendo la situación anterior, sin perjuicio de que, tras la Sentencia 156/2022, deba concretarse definitivamente el trazado del camino mediante deslinde, mediación o el procedimiento que corresponda.
El retraso en alcanzar una solución que los afectados consideran posible y razonable —como un acuerdo sobre el trazado real del camino o la activación de los mecanismos administrativos correspondientes— puede llegar a comprometer bienes jurídicos esenciales, especialmente en situaciones de urgencia. Por ello, reclaman una respuesta inmediata basada en la buena voluntad, la racionalidad y la responsabilidad de todas las partes implicadas, recordando que el acceso al camino no solo afecta al uso de sus propiedades, sino también a la seguridad de las personas ante posibles emergencias.
